¿Se pierde el beneficio de la renta exenta de que trata el numeral 1 del artículo 235-2 del E T cuando no se ha cumplido oportunamente con la obligación de realizar los aportes parafiscales y las cotizaciones en los términos del parágrafo 2° de la misma norma?
Respuesta:
La obligación de realizar los respectivos aportes parafiscales y cotizaciones, de que trata el parágrafo 2 del artículo 235-2 del E T, en principio no está configurada como una condición para la procedencia de la renta exenta del numeral 1 del citado artículo 235-2, sin que lo anterior signifique que no se deba cumplir con dicha obligación legal. En efecto, es preciso comprender que el legislador definió puntualmente los requisitos imperativos para la aplicación del comentado beneficio tributario y, en este sentido, el listado de las condiciones que permiten la aplicación del mismo – delimitado desde la misma ley – es de orden taxativo y, por lo tanto, de interpretación restrictiva.
Oficio 0207 [901226] de febrero de 2021