Impuestos descontables de un Avicultor


Tratándose de la producción de los bienes exentos de que trata el artículo 477 del Estatuto Tributario, en particular huevos de la partida arancelaria 04.07.11.00.00, consulta:

¿Respecto de qué insumos el IVA pagado se puede solicitar como impuesto descontable por parte del productor?

¿Solo sobre aquellos utilizados en la etapa productiva del animal o sobre todos los empleados en la producción del bien exento?


Respuesta:

El avicultor – en lo que a la producción de huevos se refiere, bienes que tienen la calidad de exentos del IVA – podrá tomar como impuesto descontable el IVA pagado sobre los bienes y servicios que constituyan costo o gasto necesario para el desarrollo del proceso de producción y comercialización, tanto aquellos previos a la etapa de postura de las gallinas (v.gr. durante la cría y levante de las gallinas ponedoras) como los posteriores. Lo anterior, por supuesto, siempre que se cumplan la totalidad de los requisitos previstos en la ley y en el reglamento.


Oficio 0219 [901292] de febrero de 2021

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