¿Qué se debe entender por la expresión “en igualdad de condiciones”, para establecer el valor del pago que se hace en favor del trabajador y de su núcleo familiar, al cual se le aplicará el beneficio previsto en el artículo 107-2 del Estatuto Tributario y el Decreto 1013 de 2020?
Respuesta:
Cuando la norma que el programa de becas debe permitir el acceso a todos los empleados o sus miembros del núcleo familiar en igual (sic) de condiciones, se refiere a que el mismo debe ser reconocido por parte de la persona jurídica en igualdad de oportunidades estos, por lo que cualquier trabajador o sus miembros del núcleo familiar pueden acceder a él, sin exclusión por cargo o por alguna condición especial.
Oficio 1359 (906506) de octubre de 2020