Sobre la siguiente inquietud de la actividad de una sociedad que se dedica al Factoring y la compra de cartera a descuento, no vende nada ni tampoco presta un servicio. ¿Debe una sociedad factoring expedir una factura por la cartera que compra a descuento?.
Respuesta:
La operación de factoring, cuando se trata de una venta de un derecho de carácter crediticio y el cobro de una obligación, el factor no vende un bien ni presta un servicio, por lo cual, no estaría obligado a expedir la factura o documento equivalente por esa operación. En el evento en que el factor ejecute actividades conexas o complementarias consistentes en la venta de bienes o prestación de servicios, estaría en la obligación de expedir la factura o documento equivalente por las mismas.
Oficio 0151 (900919) de febrero de 2021